La reciente reforma del Código Civil ha supuesto un cambio significativo en la forma en que se trata a las mascotas en casos de divorcio o separación.

Las mascotas ahora son reconocidas como seres vivos dotados de sensibilidad, alejándose del concepto de «cosas muebles».

Este cambio implica que cualquier decisión relacionada con ellas debe considerar su bienestar y protección.

Procedimiento de Mutuo Acuerdo:

Siempre lo más deseable y práctico a la hora de una solución práctica y más rápida y económica es el acuerdo. Incluso se puede recurrir a métodos alternativos como la mediación para tratar de alcanzar esta solución:

1. Convenio Regulador:

  • Si la pareja llega a un acuerdo sobre la custodia y convivencia de la mascota, el abogado redactará un convenio regulador.
  • Se incluirán todos los detalles sobre la convivencia, custodia y cuidados de la mascota.
  • Si hay hijos menores involucrados o se necesita regular otros aspectos, se incluyen en el mismo convenio.

2. Ratificación Judicial:

  • El convenio se presenta en el Juzgado y es aprobado por el Ministerio Fiscal.
  • Se asigna una fecha y hora para su ratificación judicial, tras la cual el acuerdo queda homologado.

Procedimiento Contencioso:

1. Demandas y Argumentos:

Si no hay acuerdo entre las partes, se procede de forma contenciosa con la presentación de una demanda.

  • Las partes deben justificar sus posturas en escritos que se presentarán al Juzgado.

2. Decisión Judicial:

  • Se asigna una fecha para el juicio, en el cual el juez decidirá sobre la situación de la mascota.
  • La sentencia se basará en diversos criterios, incluyendo la propiedad del animal, quién es el cuidador principal, la disponibilidad de tiempo, las condiciones de la vivienda, y en casos con hijos, la custodia de estos.

Criterios del Juez:

El juez tendrá que ponderar los argumentos y pruebas que se le presenten a a la hora de tomar una decisión y normalmente tendrá en cuenta:

  • Propiedad original del animal.
  • Cuidador principal de la mascota.
  • Disponibilidad de tiempo para cuidar al animal.
  • Mejores condiciones de vivienda para el bienestar del animal.
  • Custodia de los hijos, si aplica.

Si hay acuerdo, se puede ratificar judicialmente sin problemas.

Jurisprudencia.

Las decisiones en este ámbito dependerán de las sentencias judiciales que se vayan dictando, necesarias para crear jurisprudencia. Esto es la jurisprudencia viene definiendo y perfilando y precisando este ámbito y se va convirtiendo en el cuerpo interpretativo principal para los juzgadores.

La reforma del La reciente reforma del Código Civil ha supuesto un cambio significativo en la forma en que se trata a las mascotas en casos de divorcio o separación. Las mascotas ahora son reconocidas como seres vivos dotados de sensibilidad, alejándose del concepto de «cosas muebles». Este cambio implica que cualquier decisión relacionada con ellas debe considerar su bienestar y protección.

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