El permiso de lactancia está pensado para todos aquellos que hayan sido padres y está retribuido por la empresa. Desde 2019 se han introducido novedades con el objetivo de mejorar las condiciones de los perfiles solicitantes y ayudar a los padres a poder conciliar mejor la vida profesional y familiar.

Este permiso puede ser solicitado por aquellos que han sido padres, ya sea de origen natural, por guarda, acogimiento o adopción de un bebé que se encuentra en periodo lactante tal y como se recoge en la nueva normativa a través del Real Decreto Ley 6/2019.

A partir de la entrada en vigor de dicha ley, los padres tienen derecho a disponer de una hora al día para cuidar de su bebé hasta que el niño cumpla los 9 meses. Por otro lado, la hora puede ser solicitada por ambos progenitores, en turnos distintos o a la vez para la alimentación del niño tanto por lactancia natural como artificial. Esta hora, podrá ser dividida en dos fracciones repartidas en la jornada laboral del solicitante.

Al tratarse de un permiso, este debe ser retribuido por parte de la empresa, es decir, el empleado percibirá el mismo salario, aunque esté haciéndolo una hora menos al día.

¿Quién puede solicitar este permiso?

El permiso de lactancia es un derecho de los trabajadores que tengan hijos ya sean naturales, adoptivos o en régimen de custodia de bebés de hasta 9 meses.

Podrán solicitarlos ambos progenitores en el caso de que los dos trabajen o cederlo en el caso de que tan solo lo haga uno de ellos.

¿Cómo puede disfrutarse el permiso de lactancia?

El permiso consta de una hora diaria que puede dividirse en dos fracciones. El trabajador será el que elija cómo quiere fijar ese tiempo dentro de su jornada laboral con el objetivo de poder cuidar a su hijo lactante. También es posible aplicar esta reducción para entrar una hora más tarde o adelantar la hora de salida de la jornada laboral normal o hacerlo en periodos de media hora.

Por último, otros trabajadores eligen la opción de disfrutar de su permiso por lactancia reuniendo las horas que les corresponden durante los meses que dure este periodo y disfrutarlas en días completos.

Si ambos padres quieren optar a la solicitud de este periodo de lactancia a la vez y con la misma duración, este podrá alargarse hasta los 12 meses. En este caso, la empresa pagará el salario completo durante las horas que correspondan de permiso y aplicará una reducción proporcional del sueldo durante los meses restantes.

El permiso debe solicitarse a la empresa, siempre por escrito y con un preaviso de 15 días, salvo que el convenio colectivo establezca otros requisitos. En este escrito debe indicarse el día en el que se va a empezar a disfrutar del permiso y su fecha de finalización. En el caso de que se quiera optar por una reducción de jornada o acumular las horas, será necesario notificarlo.

La empresa tiene la obligación de conceder este permiso a sus empleados y no puede oponerse a él o a la forma de disfrutarlo. Por otro lado, un despido realizado a un trabajador durante el disfrute de este permiso se considera nulo.

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Si se trata de un parto, adopción o acogimiento de varios niños el permiso se adecuará a una hora por cada uno de los hijos. Por ejemplo, si una pareja ha tenido mellizos, tendría derecho a un permiso de lactancia de dos horas diarias.

Permisos de lactancia en contratos a tiempo parcial

Los trabajadores que cuentan con un contrato a tiempo parcial tienen los mismos derechos en este sentido que los que lo hacen a jornada completa. Es decir, podrán disfrutar del mismo tiempo por hijo, aunque su contrato tenga una duración parcial. Por lo tanto, un trabajador que tenga una jornada de 4 horas también tendrá derecho a disfrutar de su permiso de una hora al día durante el tiempo que este dure.