Las prestaciones por hijo a cargo son aquellas asignaciones de carácter económico reconocidas a un beneficiario por el hecho de tener un hijo menor de 18 años que vive con él y del que se encarga. Esta edad será mayor si el hijo a cargo tiene una discapacidad igual o superior al 65 por ciento. Para poder ser beneficiarios de este tipo de prestaciones se deben cumplir una serie de requisitos.

Prestación por hijo a cargo

Estas prestaciones están pensadas para ayudar a las familias que tienen hijos menores a su cargo. También para los menores que se encuentren acogidos y que dependan económicamente del beneficiario. Los causantes de la prestación, serían los menores de 18 años o aquellas personas de más edad que contasen con una discapacidad superior o igual al 65 por ciento.

    Además, se considerarán menores a cargo aquellos que estén trabajando, que no hayan cumplido los 18 años, que vivan en el mismo domicilio y cuyos ingresos no superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

    Requisitos

    Para poder acogerse a una prestación por hijo a cargo, los progenitores deberán cumplir una serie de requisitos establecidos en la ley. Estos serán los que le den acceso a dicha ayuda:

    • Residir legalmente en territorio español.
    • Tener hijos o menores acogidos a su cargo: deben ser menores de 18 años siempre que no tengan una discapacidad igual o superior al 65 por ciento.
    • No percibir otras prestaciones: no pueden estar recibiendo ayudas de otras administraciones con el mismo fin.
    • Ingresos anuales superiores a los límites: los ingresos anuales no pueden ser superiores a los 11.953,94 euros con ingresos que procedan de ninguna vía ya sean aportaciones privadas o pensiones públicas.

    Cuantía de la prestación

    http://bit.ly/2ImTKlj

    Las personas con hijos menores a cargo que cumplan los requisitos indicados podrán solicitar una prestación de este tipo, cuyas cuantías variarán dependiendo de la edad del menor y el grado de discapacidad del mismo.

    • Hijos menores de 18 años sin discapacidad: recibirán una cuantía anual de 291 euros, es decir 24,25 euros al mes cuando sus ingresos no superen los 12.313 euros y un 15 por ciento más a partir del segundo.
    • Hijos menores con discapacidad igual o superior al 33 por ciento: será de 1000 euros anuales por hijo. No existen límites de ingresos.
    • Hijos mayores de 18 años con discapacidad igual o superior al 65 por ciento: recibirán un importe anual de 704 euros por hijo. En este caso tampoco se exigen límites económicos.
    • Hijos mayores de 18 años con discapacidad igual o superior al 75 por ciento: percibirán 056 euros anuales por hijo.

    La prestación se revaloriza atendiendo al IPC, por lo que variará cada año. Además, está exenta de IRPF. Por otro lado, los beneficiarios podrán recibirla hasta que se den alguno de estos motivos:

    • Fallecimiento del hijo.
    • Cumplimiento de los 18 años: cuando el hijo a cargo cumpla los 18 años.
    • Desaparición de la discapacidad.
    • Cuando el hijo esté trabajando y sus ingresos serán superiores al 100 por cien del SMI.

    ¿Cómo tramitar la prestación?

    Para poder solicitar esta prestación, será necesario que entregues la solicitud y documentación necesaria para ello en cualquier centro de atención e información de la Seguridad Social. Una vez presentados, será la Seguridad Social la que resuelva la misma y comunique la cuantía y la duración. Podrás encontrar los impresos necesarios en este enlace. Además, deberás aportar la siguiente documentación:

    • DNI o NIE del solicitante y del otro progenitor.
    • DNI o NIE de los hijos por los que se solicita la prestación que ya hayan cumplido los 14 años.