Cuando una persona pide un crédito, lo más probable es que desde la entidad bancaria le pidan una serie de garantías destinadas a la devolución del préstamo solicitado. Estos avales o garantías sirven para afianzar el cumplimiento del contrato que se ha firmado entre dos partes. Sin embargo, dentro de estas garantías existen distintos tipos de avales. Conocerlos te ayudará a elegir el más conveniente en cada situación.

¿Qué es un aval?

    Cuando se firma el contrato, el aval es una manera de garantizar que las obligaciones establecidas en el contrato se van a cumplir. Por lo general, los avales son requeridos en aquellos contratos de carácter económico para que la parte que realiza el préstamo tenga la seguridad de que va a recuperar el dinero prestado en las condiciones que se han pactado.

    Para que exista un aval, debe existir un avalista, que es la figura que se hará cargo de las obligaciones del deudor principal si este no pudiese asumirlas. Es decir, cuando una persona pide un crédito para una casa, el banco puede exigirle que cuente con un avalista, esta persona responderá con su capital para satisfacer la deuda si el primero no puede hacerse cargo de ella.

    Tipos de avales

    Anteriormente hemos citado un ejemplo de aval y avalista, pero lo cierto es que existen distintos tipos que pueden dividirse en dos grandes grupos:

    • Aval en función del emisor
    • Aval como producto financiero

    Aval en función del emisor

    En este caso el avalista podrá ser tanto una persona física o jurídica como una entidad bancaria. Dependiendo del tipo de aval, estos deberán hacerse cargo de la deuda que haya sido contraída por parte del deudor principal.

    • Aval bancario: ante una operación, el banco será quien avale al cliente. Este tipo de aval suele llevar una serie de comisiones que tienen en cuenta el riesgo de la entidad al realizar la operación.
    • Aval personal: una persona física o jurídica se compromete a realizar el pago de una deuda que no pueda ser saldada por el deudor principal. En los casos de financiación de empresas o créditos al consumo son muy comunes ya que se trata de una garantía adicional para el acreedor. El avalista deberá responder con todos sus bienes presentes y futuros a la deuda suponiendo un gran riesgo para este.

    Aval como producto financiero

    Dentro de este tipo que tiene como criterio que los avales tengan en cuenta un producto financiero, podrás encontrarte con tres categorías. En este tipo de avales, será la entidad financiera la que se comprometa a cumplir con la obligación de pago de la deuda en el caso de que el deudor principal no se haga cargo de ella.

    • Aval económico: está sujeto a un avalista que se compromete a realizar el pago aplazado de la deuda que se pudiese derivar de un alquiler o el pago de un impuesto. Es decir, se garantiza mediante este que se va a pagar algo en el futuro.
    • Aval técnico: están destinados a cumplir una obligación que no sea económica como la realización de un determinado servicio u obra. Se suelen aplicar a concursos de obras públicas, a contratos de suministros o a procedimientos administrativos. En todos ellos, deberá ser la entidad financiera la que responda ante el incumplimiento del contrato.
    • Aval comercial o créditos documentarios: este tipo de avales tienen carácter internacional y se solicitan cuando existen operaciones que tienen que ver con exportaciones e importaciones. Cuando el exportador no cumple con las condiciones exigidas, la entidad financiera deberá hacerse cargo del pago.