El derecho de subrogación del trabajador se aplica cuando hay una modificación de la empresa o el empresario que le ha contratado. La compañía puede, por ejemplo, haber sido absorbida o estar en pleno proceso de fusión o compra, o simplemente haber decidido un cambio de denominación.

Este proceso de subrogación, conforme a la Ley, implica que el trabajador no pierde derechos, ni en términos de antigüedad, ni de salario, ni de categoría profesional.

Causas de la subrogación

Con carácter general, existen tres causas que motivan la subrogación:

  • Cuando se produce una operación de compra, fusión, absorción o cambio de denominación de la compañía.
  • Cuando exista la obligación de realizarla en virtud del convenio colectivo.
  • Cuando haya un pliego de condiciones administrativas que obliguen a contratar a varios trabajadores.

Consecuencias de la subrogación

El impacto y las consecuencias de la subrogación en la empresa prácticamente coincide con las causas de esta:

Deudas y obligaciones anteriores

La empresa deberá abonar las deudas y obligaciones que tuviera la compañía previa. Tanto frente a los trabajadores subrogados como frente a la Seguridad Social, siempre que éstas no hayan prescrito.

Si la subrogación se produce por imposición prevista en convenio colectivo, en la mayoría de las ocasiones se deberán seguir los procedimientos previstos en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.

Consecuencias para los trabajadores

La empresa, deberá comunicar el proceso  por escrito a cada uno de los profesionales afectados y enviar una copia del mismo al Servicio Público de Empleo (SEPE).

Con carácter general, los profesionales subrogados deben mantener las condiciones que tenían antes del proceso, con excepciones:

¿Pueden modificar la jornada laboral?

La compañía puede modificar la jornada laboral, el salario y las funciones de los trabajadores siempre que haya una causa objetiva, generalmente, económica, técnica o productiva.

¿Me pueden trasladar?

La nueva empresa también puede decidir trasladar a los empleados a otro centro de trabajo, incluso a otra ciudad, si existe causa objetiva que la motive.

El trabajador, en cualquier caso, puede solicitar la extinción de la relación laboral y ser indemnizado con 20 días por año trabajado y percibir la prestación por desempleo.

¿Tengo derecho a finiquito?

La subrogación no da derecho al profesional a percibir un finiquito (no se extingue la relación laboral), la compañía simplemente deberá comunicarle el cambio de empleador.
Todos estos cambios, en cualquier caso, deben respetar los derechos mínimos recogidos en el convenio colectivo y en el Estatuto de los Trabajadores.