Los descubiertos bancarios o descubiertos en cuenta corriente son aquellas situaciones en las que el saldo de la cuenta corriente se queda en negativo, es decir, aquellas circunstancias en las que la cuenta recibe un cargo y no hay saldo suficiente para cubrirlo.

¿Cómo funciona?

Generalmente los bancos, dentro del contrato de condiciones de la cuenta corriente, incluyen una cláusula donde explican cómo se gestionan los descubiertos, principalmente el porcentaje de comisión, los plazos y las condiciones de aplicación.

Un descubierto opera de forma similar a un préstamo bancario, el banco adelanta la cuantía necesaria para cubrir el cargo recibido y, cambio de este “préstamo” cobra una comisión.
El problema es que las comisiones por descubierto suelen ser mucho mayores que el interés de un préstamo.

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Consecuencias de incurrir en descubierto bancario

Las consecuencias de incurrir en un descubierto bancario son principalmente 3:

Comisión por la reclamación del descubierto: la entidad bancaria, por el hecho de incurrir en descubierto suele cobrar una cuantía fija, indistintamente del saldo negativo generado, normalmente entre los 18 y 45€.
Intereses de demora: importe adeudado por el descubierto, dependerá del capital adeudado y del tiempo en el que la cuenta se encuentre en esta situación irregular.
Comisión por el descubierto: gasto que se calcula sobre la mayor cuota del descubierto durante el periodo que dure esta situación.

Además, si no se cubren los intereses y comisiones generadas por el descubierto, nuestra entidad bancaria podría incluirnos en algún listado de morosos, con las consecuencias financieras que esto conlleva.

¿Cómo deshacer un descubierto bancario?

Hay dos formas principalmente:
Cubrir el saldo excedido y abonar los intereses y comisiones generados por esta situación.
Reclamar una exención a nuestra entidad bancaria.

El segundo caso sólo aplica si la entidad bancaria no a actuado según el marco legal que regula las situaciones de descubierto recogido en la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios.

En este punto tenemos que explicar la diferencia entre un descubierto de aceptación expresa y un descubierto de aceptación tácita:
Descubierto expreso: se da cuando se manifiesta el consentimiento de una forma demostrable y fehaciente, por medio verbal o escrito.
Descubierto tácito: se da por hecho que el usuario concede consentimiento al no realizar ninguna acción para expresar su disconformidad.

Los más habituales son los descubiertos tácitos, es decir, aquellos en los que el descubierto se aplica de forma automática. En estos casos, la entidad bancaria puede incurrir en fallos que anulen los gastos generados por el descubierto, como por ejemplo que el cliente desconozca la situación de la cuenta, o que la entidad no comunique de forma clara la forma de recurrirlo.
En cualquier caso, para evitar los descubiertos bancarios es necesario hacer una buena planificación financiera y avisar al banco de la forma y tiempo para comunicarlos.

Para evitar imprevistos cumple con todos los pasos y no olvides asegurar tu tranquilidad con un buen Plan de Pensiones de MAPFRE, con los que puedes planificar tu futuro y elegir la solución que mejor se adapte a ti.

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