El bloqueo de una herencia se produce cuando uno o varios herederos no están conformes con el reparto y ni aceptan ni repudian la misma. Por desgracia, es muy habitual que esto ocurra. Si a ti te ha pasado, te contamos cómo puedes proceder para desbloquear la herencia.

¿Un heredero puede impedir que los demás disfruten de la herencia?

Un heredero puede retrasar e incluso obstaculizar la tramitación de la herencia, pero en ningún caso puede hacerlo de forma indefinida.

Cuando por fin se pueda desbloquear la herencia, es muy probable que este heredero deba correr con los gastos ocasionados por su actitud negligente.

¿Cómo desbloquear una herencia?

Para solucionar esta situación tan frustrante es aconsejable contar con la ayuda de un abogado experto. El Seguro de Defensa Jurídica MAPFRE te ofrece defensa jurídica en derecho de familia y sucesiones, además de las garantías más beneficiosas para estar protegido en todo momento. “ Y tantos + momentos de tranquilidad”

Petición de herencia

Antes de entrar en litigio, puedes hacer una petición de herencia. Para ello debes dejar pasar 9 días desde el fallecimiento.

Después, comprueba si existe testamento (si no hay, tendrás que hacer una declaración de herederos).

Una vez visto el testamento, haz una interpelación notarial para forzar al heredero que ha bloqueado el proceso a que la acepte o la repudie para que el proceso pueda seguir su cauce.

Esa interpelación notarial solo pueden realizarla aquellos que tengan un interés legítimo, es decir, herederos y legatarios en primer lugar, y herederos intestados o sustitutos, en segundo. También estarían legitimados los acreedores de las deudas existentes en la herencia.

Una vez realizada la interpelación notarial, el heredero obstaculizador dispondrá de 30 días para decir que acepta la herencia sin más o a beneficio de inventario; o bien que renuncia a ella.

Si en el plazo de estos 30 días sigue sin querer firmar la herencia, se entiende que la acepta de forma pura y simple (con todas sus deudas y bienes).

A partir de este momento, el resto de herederos pueden iniciar la vía judicial o notarial para desbloquear la herencia.

Vía notarial para desbloquear la herencia

Una vez realizada la interpelación, los herederos que supongan, al menos, el 50 por ciento del haber hereditario podrán proseguir la vía notarial para dividir la herencia.

El notario designará un partidor, que sería quien se encargue del reparto de la herencia. Esta partición debe ser aprobada por todos los herederos y legatarios. Si el heredero conflictivo no la aprueba, podrá hacerlo el notario.

Esta partición puede ser impugnada en un juzgado.

Vía judicial para desbloquear la herencia

La solicitud de la división de la herencia en vía judicial comienza con una demanda. Si se considera necesario, se puede acordar la intervención de los bienes, la formación de inventario, y el nombramiento de una persona para que se encargue de la administración de estos.

Los herederos serán convocados a una junta de herederos en la que deberán designar un partidor hereditario. Además, deben nombrar un perito para que tase los bienes. Si no se llega a un acuerdo, se hace por sorteo.

El informe elaborado por el partidor (en el que figura la relación de bienes de la herencia, los bienes inventariados, la división y la atribución a cada uno de los herederos) se comunicará a todas las partes y, si no están de acuerdo, podrán oponerse mediante juicio verbal.

La resolución judicial que se dicte permitirá al beneficiario cambiar a su favor la titularidad de los bienes inmuebles en el Registro de la Propiedad, previa liquidación de los impuestos que sean aplicables.