Las aportaciones a planes de pensiones (y a planes de previsión asegurados) permiten pagar menos impuestos en la declaración de la renta (el dinero aportado reduce la base imponible del IRPF). Y establece unos límites comunes en toda España excepto en los territorios forales, País Vasco y Navarra.

Cómo va a cambiar

Esta reducción está limitada en función de la edad y tiene como límite la menor de las siguientes cantidades para los menores de 50 años: 10.000 euros o el 30 % de los rendimientos netos de trabajo personal y de actividades económicas. Para los partícipes y asegurados de 50 años o más, el límite se incrementa a 12.500 euros o el 50% los rendimientos netos de trabajo personal y de actividades económicas.

En los territorios forales, País Vasco y Navarra, cuentan con una fiscalidad distinta. En Navarra, lo máximo que te puedes reducir al año en tu cita con Hacienda es la menor de estas dos cantidades: 8.000 euros o el 30 % de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. Si el partícipe (titular del plan de pensiones) es mayor de 50 años, la cantidad es de 12.500 euros y el 50 %.

Para los residentes en el País Vasco, los límites de reducción de la base imponible también varían con respecto al territorio común:

  • En Vizcaya, la aportación máxima al año es de 6.000 euros. A la edad de 52 años, esta cantidad se incrementa 500 euros cada año, hasta un máximo de 12.500 euros anuales. El promotor o la empresa puede contribuir con un máximo de 8.000 euros y 500 más cada año al superar los 52 años (hasta 14.500 euros). El límite conjunto es de 12.000 euros más 1.000 euros por año que rebase los 52 años (hasta 25.000 euros).
  • En Álava, tampoco pueden superarse los 6.000 euros al año. A partir de los 52 años, se incrementa en 500 euros (hasta 12.500). La contribución de la empresa puede ser de como máximo 8.000 euros al año. El límite conjunto es de 12.000 euros y 500 más cada año una vez cumplidos los 52 años (hasta 18.500 euros).
  • En Guipúzcoa, como máximo puede aportarse al año 5.000 euros. El límite conjunto de aportaciones individuales y las de la empresa no puede superar los 12.000 euros anuales.

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