Calcular la jubilación no suele ser tarea sencilla para ningún trabajador, pero si además, se trata de trabajadores por cuenta propia, las dudas siempre son mayores. ¿Cómo calcular tu pensión si eres autónomo? Tras la entrada en vigor del nuevo sistema de cálculo de las pensiones, las condiciones de jubilación del autónomo se calculan en base a los mismos términos y condiciones que en el Régimen General de la Seguridad Social con algunas particularidades. Te las contamos.
 
Uno de los aspectos que más preocupa a los trabajadores autónomos a la hora de conocer la pensión que percibirán cuando llegue el momento de jubilarse es la cuantía que recibirán. A este respecto, aclaramos que dependerá, como en el resto de los trabajadores, de los años cotizados y de la cuantía cotizada en la cuota de autónomos. De esta manera, unos pequeños cambios en la cantidad por la que se cotiza a la Seguridad Social pueden suponer importantes mejoras en la pensión. Antes de realizar estos cálculos, conviene que conozcas cómo funciona el sistema y cómo calcular tu pensión si eres autónomo.
 
A este respecto, algunos estudios señalan que la pensión media del autónomo es bastante inferior a las del asalariado, por norma general, y el motivo es, precisamente, el hecho de que la mayoría de trabajadores por cuenta propia cotizan por la base mínima. Como comentábamos anteriormente, la prestación en caso de trabajadores autónomos aplica los mismos requisitos y condiciones que en el Régimen General de la Seguridad Social, pero con algunas particularidades.
 

 

La edad ordinaria será la exigida en cada momento

No obstante, en determinados casos especiales podrán jubilarse con una edad inferior a la ordinaria, como por ejemplo, cuando se haya cotizado a varios regímenes y el trabajador no reúna todos los requisitos para percibir la pensión en ninguno de ellos, pero hayan efectuado cotizaciones en alguno de los regímenes que reconozcan el derecho a la jubilación anticipada, siempre que se cumplan determinados requisitos.
 
No se aplica la escala de abono de años, según edad cumplida en enero de 1967, a efectos del cómputo de los años de cotización.
 

Base reguladora

Las bases de cotización para la determinación de la base reguladora será equivalente al resultado de incrementar el promedio de las bases de cotización del año natural inmediatamente anterior al comienzo del periodo de exención de cotización, en el porcentaje de variación media conocida del IPC en el último año indicado, sin que las bases así calculadas puedan ser inferiores a la cuantía de la base mínima de cotización fijada anualmente en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

  • A efectos del cálculo de dicho promedio, se tomarán las bases de cotización correspondientes a la actividad por cuenta propia por la que esté exonerado de cotización.
  • Si no existieran bases de cotización en todas las mensualidades del año natural anterior al comienzo del período de exención de cotización, se tomará el promedio de las bases de cotización que existan, dividido por el número de meses al que las mismas correspondan.
  • De no existir bases de cotización en el año anterior, se tomarán las bases de cotización del primer año en que existan, calculando el promedio citado conforme a las reglas mencionadas en los apartados anteriores; dicho promedio se incrementará en el porcentaje de variación media del año o años naturales anteriores hasta llegar al año correspondiente al del período de exoneración de cuotas.

 
Ahora que ya sabes cómo calcular tu pensión si eres autónomo y algunas de sus particularidades, puedes conocer aproximadamente la cuantía que recibirás cuando finalices tu etapa laboral. Para completar dicha pensión pública, tu mejor opción es contratar cuanto antes un Plan de Pensiones MAPFRE con el que asegurar la máxima calidad de tu futuro.