La pensión mínima de jubilación marca lo mínimo que cobrará un jubilado que tenga derecho a percibir la pensión contributiva. Esa cantidad está definida por ley, se actualiza cada año y tiene en cuenta la situación personal del receptor.

En concreto, estas pensiones mínimas se dividen en tres situaciones concretas:

  • Jubilado con cónyuge a cargo.
  • Jubilado sin cónyuge a cargo.
  • Jubilado con cónyuge no a cargo.

De las tres opciones, la del cónyuge a cargo es la que ofrece más beneficios. Es decir, es la que arroja una pensión de jubilación más elevada. Eso sí, para disfrutar de ella hay que cumplir ciertos requisitos, empezando por tener acceso a una pensión contributiva.

¿Quiénes pueden cobrar la pensión mínima?

Las pensiones contributivas son las que derivan de las contribuciones realizadas por los trabajadores al sistema de pensiones. En otras palabras, son pensiones para la que es necesario haber cotizado un mínimo de años si quieres poder disfrutar de ella.

En España, ese periodo mínimo de cotización es de 15 años. Quienes hayan trabajado durante ese periodo podrán optar a cobrar la pensión mínima, que equivale al 50% de la base reguladora según cómo se calcula la pensión en España. Recuerda que si quieres saber cuándo cobrarás al retirarte puedes usar la calculadora de pensiones.

Para percibir el 100% de la pensión hace falta haber cotizado más de 36 años y jubilarse a la edad ordinaria, sin anticipos.
¿Qué pasa si el cálculo de la pensión es muy bajo? ¿Se puede cobrar menos de la pensión mínima? No, no se puede cobrar menos de la pensión mínima, sea cual sea el resultado de la pensión.

Para las personas que han cotizado más de 15 años, pero que lo han hecho con salarios y aportaciones muy bajas, la Seguridad Social aplica una serie de complementos a mínimos. Es decir, que completa su pensión para que puedan alcanzar la mínima según su situación.

De todas las mínimas, la pensión de jubilación con cónyuge a cargo es la más alta.

¿Cuáles son los requisitos de cónyuge a cargo para la pensión de jubilación?

Ahora que ya sabes qué hace falta para cobrar la pensión mínima, resta saber las condiciones para recibir ese “bonus” por cónyuge a cargo. Eso pasa por tener claro qué considera cónyuge a cargo en la pensión de la jubilación la Seguridad Social.

Según explican desde la Seguridad Social, se da la situación de cónyuge a cargo cuando esa persona dependa económicamente del titular de la pensión, estén casados y no reciba ninguna contraprestación del sistema de previsión social.

Además, estos complementos a mínimos son incompatibles con la percepción de rendimientos del trabajo, actividades económicas y ganancias patrimoniales superiores a 10.430 euros en su conjunto.

Esto se traduce en que los ingresos de la unidad (el pensionista más el cónyuge), no podrán superar los citados 10.430 euros en total para poder acceder a este complemento de cónyuge a cargo.

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¿Cuál es la pensión mínima con cónyuge a cargo?

Para terminar, solo resta conocer la cuantía de ese “extra” por cónyuge a cargo.

Esta pensión de jubilación mínima con cónyuge a cargo equivale a 1.033,30 euros al mes en 14 pagas, lo que equivale a 14.466,20 euros al año.

La cifra se eleva hasta los 1.548,90 euros para las jubilaciones con 65 años procedentes de una gran invalidez. Esto supone el cobro de 21.698,6 euros al año en 12 pagas.

Si el resultado de calcular tu pensión es superior a la mínima, cobrarás lo que te corresponda independientemente de tu situación personal.

Recuerda que es posible y recomendable completar tu pensión pública con un Plan de Pensiones MAPFRE que se adapte a las necesidades.

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