Los trabajadores que se jubilen deben conocer que hay cambios en la edad de jubilación para este año. Desde el año 2020 y hasta el 2027 se aplicarán una serie de modificaciones con motivo de la reforma de las pensiones.

Cambios en la edad de jubilación para este año

La edad legal de jubilación ordinaria se ha ido incrementando cada año en un periodo transitorio y paulatino desde el año 2013. Este tiene como objetivo llegar a un aumento de la edad de jubilación en 2027 que plantea un retraso de dos meses durante cada año transcurrido desde 2018. Anteriormente, entre 2013 y 2018, este incremento era de un mes por año.

Así la edad legal de jubilación ordinaria en el año 2023 se retrasa 2 meses con respecto al año anterior, situándose en los 66 años y 4 meses. Todo ello siempre que el interesado acredite menos de 37 años y 9 meses cotizados. Si el trabajador ya cuenta con una cotización superior a este mínimo, podrá jubilarse sin problema a los 65 años.

Edad de jubilación en 2027

Una vez finalizado el periodo transitorio para la ampliación de la edad de jubilación en 2027, la edad ordinaria se situará en los 67 años cuando las personas afectadas hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses. En las situaciones en las que el interesado tenga una cotización superior, podrá hacerlo a los 65. A continuación te mostramos una tabla en la que se indican los datos relativos a edad de jubilación atendiendo al año en el que esta se hace efectiva.

La edad de jubilación en España se incrementará hasta 2027 hasta alcanzar los cambios planteados en el año 2013. Si quieres asegurarte tu pensión y no perder poder adquisitivo, puedes contar con los Planes de Pensiones MAPFRE que te aseguran tus ahorros para los momentos en los que más los necesites.

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¿Cuál es la edad mínima para acceder a la jubilación anticipada en 2023?

Aquellos trabajadores que así lo deseen podrán jubilarse antes de la edad ordinaria establecida accediendo a una jubilación anticipada. La modificación del acceso de la edad de jubilación ordinaria, también hace que la anticipada se vea afectada. Así, aquellos que quieran acceder a esta modalidad deberán tener en cuenta que esta podrá solicitarse hasta 24 meses antes de la edad legal, cuando esta sea voluntaria. En el caso de jubilaciones anticipadas involuntarias, podrán acceder a ella hasta 48 meses antes.

Por tanto, en la actualidad, aquellos que decidan acceder a la jubilación anticipada de manera voluntaria deberán tener una edad mínima de 64 años y 6 meses de edad, siempre y cuando cuenten con menos de 37 años y 9 meses cotizados. En el caso de que estas cotizaciones fuesen superiores, el interesado podría jubilarse a partir de los 63 años.

Cuando la jubilación anticipada se produce de manera involuntaria, el trabajador podrá acceder a ella a partir de los 62 años y 4 meses cuando disponga de una cotización inferior a los 37 años y 9 meses. En el caso de superar estas cotizaciones, se podrá jubilar a partir de los 61 años.

¿Cuál es la edad mínima para acceder a la jubilación parcial?

La legislación contempla también la posibilidad de acceder a una jubilación parcial. Hay que tener en cuenta que esta puede presentar dos modalidades y que cada una de ellas presenta sus propias particularidades.

Jubilación parcial con contrato de relevo

El trabajador puede acceder a ella cuando tiene la edad mínima legal establecida y se acuerda con el empresario una reducción de su jornada atendiendo a los límites marcados por la ley. El trabajador, tras firmar un contrato a tiempo parcial recibe una pensión de jubilación que compensa los ingresos derivados de la reducción de jornada. El trabajador jubilado debe ser relevado por otro trabajador de manera obligatoria.

Jubilación parcial sin contrato de relevo

Se puede acceder a ella una vez cumplida la edad legal de jubilación. En ella se firma un contrato a tiempo parcial y se percibe la pensión sin necesidad de contrato de relevo con otro trabajador.

En estos casos, la edad mínima para poder acceder a la jubilación parcial es de 63 años y 8 meses cuando el trabajador disponga de al menos 33 años cotizados. Cuando la cotización supera los 35 años y 9 meses, puede hacerlo a los 62 años y 4 meses. Hay que tener en cuenta que esta se seguirá incrementando hasta 2027.