Bien sea porque quieres cambiar de banco o porque el titular de la cuenta ha fallecido, si quieres cancelar la cuenta bancaria deberás seguir una serie de pasos. No es suficiente con que dejes de utilizarla, porque en ese caso pasará a estar “inactiva” pero seguirá sin cancelarse. Para que el banco cancele una cuenta por inactividad, deben pasar 20 años, durante los cuales se seguirían cobrando las comisiones que se hayan establecido al abrir la cuenta.

¿Puedo cancelar mi cuenta por Internet?

En principio la respuesta es sí, pero depende de cada entidad. El Banco de España establece que las entidades bancarias deben ser “absolutamente diligentes en el cumplimiento de las órdenes que les sean impartidas por sus clientes, especialmente en supuestos en los que se pretende acabar con la relación contractual que une a las partes”, y no deben cobrar por ello.

Es decir, se considera como mala práctica el no permitir o facilitar al cliente la cancelación de una cuenta, con una excepción: que en el contrato se especifique expresamente que la cancelación deba hacerse de manera presencial (cláusula que no es muy habitual).
Así que, si quieres cancelar tu cuenta a través de Internet, accede a tu banca online y mira qué es lo que necesitas para hacerlo. Ya te adelantamos que te van a pedir el certificado de cancelación, imprescindible para dar de baja una cuenta presencialmente o vía telemática. Normalmente podrás obtener este certificado vía web, pero hay casos de bancos menos adaptados al entorno digital, que pueden pedirte que lo recojas presencialmente.

Cancela tu cuenta paso a paso

Como hemos dicho, da igual el motivo. Si estás decidido a cancelar tu cuenta, esto es lo que tienes que hacer:

Comprueba las condiciones de tu cuenta

Llega el momento de rescatar los papeles que firmaste (o el documento digital si hace menos tiempo) para comprobar si tienes 2 cosas importantes: comisión por cancelación y compromiso de permanencia. Además, en este paso debes revisar que no te hayan hecho ningún cobro indebido. Si no lo reclamas en este punto, después ya no podrás hacerlo.

Contrata una nueva cuenta

Puede parecer obvio, pero es importante recordarte que cuando cancelas una cuenta, debes tener otra cuenta alternativa para transferir el dinero que tuvieras en la primera, domiciliar los pagos y la nómina.

Liquida las operaciones pendientes

Puede que hayas hecho una compra que todavía no te han pasado, o tengas una cuota fija de la tarjeta para el pago mensual, o un recibo pendiente de pago. Para poder cancelar tu cuenta debes liquidar todas esas operaciones.

Saca el dinero de tu cuenta

Bien por transferencia a la nueva cuenta o bien porque lo saques físicamente, deja la cuenta a cero.

Firma el documento de cancelación

Este paso no siempre se puede realizar online, depende del banco y del tipo de cuenta que tuvieras. Si te deja hacerlo por intenet necesitarás certificado digital para firma online.

En caso contrario, debes acudir a tu sucursal, y aprovecha para llevar las tarjetas, cartilla y talonarios que tuvieras porque te los van a pedir.

Solicita el certificado del documento anterior

Siempre debes solicitar el certificado del documento de cancelación y guardar esa copia como justificante.

Guarda los justificantes

Si la cancelación la has hecho presencial, además del certificado de cancelación, presenta un escrito solicitando la cancelación de la cuenta y preséntalo por duplicado para te sellen una de las copias, que será tu justificante de solicitud de cancelación.

Dudas que te pueden surgir

¿Cómo cancelar una cuenta con varios titulares?

El procedimiento es el mismo, pero siempre será obligatoria la firma de todos los titulares en todos los pasos que lo requieran. Si la cancelación debe hacerse presencial y alguno de los titulares no pudiera ir, puede hacer un poder notarial autorizando a otro de los titulares.

¿Cómo cancelar la cuenta de un fallecido?

En este caso hacen falta una serie de documentos:

  • Certificado de defunción, se solicita en el Registro Civil.
  • Certificado de últimas voluntades, que facilita el Ministerio de Justicia.
  • Copia del último testamento (si no lo hay o no sabemos si existe, en el certificado de últimas voluntades nos sacarán de dudas). Si sabemos que lo hay, podemos solicitarlo a cualquier notario.
  • Justificante de los bienes de la herencia, en el que consta quienes son los herederos de todas las posesiones del fallecido, incluido el dinero que tenía en la cuenta.
  • Justificante del pago del Impuesto de Sucesiones (si procede).

Recuerda que, como heredero, tienes 15 años para reclamar el dinero que hubiera en la cuenta de la persona fallecida. Pasado este tiempo el banco entenderá la cuenta como “abandonada” y el dinero pasará a ser propiedad del estado.

Cancelar una cuenta si tienes un préstamo

La normativa permite que los bancos exijan a sus clientes que mantengan abierta una cuenta corriente para contratar un préstamo, pero para ello deben cumplirse que de manera previa a la contratación se haya informado al cliente de la exigencia de mantener una cuenta vinculada, así como del coste de esta y que esa misma información se recoja expresamente en el contrato.

Si no es tu situación, podrías cancelarla.

En cualquier caso, ten presente que el banco está obligado a cancelar tu cuenta en las siguientes 24 horas a la gestión (completa) de tu solicitud y que si te cobran comisiones anuales y ya la has pagado, deben devolverte la parte proporcional. Para evitar imprevistos cumple con todos los pasos y no olvides asegurar tu tranquilidad con un buen Plan de Pensiones de MAPFRE, con los que puedes planificar tu futuro y elegir la solución que mejor se adapte a ti.

CALCULA TU JUBILACIÓN