Un sindicato es una organización formada por trabajadores cuya finalidad es defender y negociar sus propios intereses con los empresarios sobre salarios y otras condiciones laborales como pueden ser los planes de pensiones. Si tu empresa carece de uno o no te sientes representado por los que ya tiene, te contamos cómo crear un sindicato desde cero.

Según la disposición del artículo 2 del convenio número 87 de la Organización Internacional del Trabajo,

Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas”.

¿Cómo crear un sindicato?

En España, el proceso de creación de un sindicato viene recogido en el artículo cuarto de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, según el cual, hay que seguir los siguientes pasos:

Asegurarse de que hay otros trabajadores dispuestos a organizarse

Organizar un sindicato es una acción colectiva y no individual, por lo que el primer paso es asegurarse de que hay otros trabajadores con la misma inquietud por organizarse y defender así sus intereses ante la empresa.

En este punto, conviene recordar al resto de trabajadores que se planteen la posibilidad de unirse los beneficios que conlleva formar parte de un sindicato.

Elegir el tipo de sindicato

Una vez reunidos un grupo de trabajadores, llega el momento de decidir el tipo de organización que se va a crear. Para ello, conviene tener en cuenta las características y el número de trabajadores. Según esto, los tipos de sindicatos que se pueden formar son:

  • Profesionales o de oficio: engloban y atienden a profesionales del mismo gremio, oficio o labor.
  • De empresa: los trabajadores que lo constituyen y los afiliados son todos de la misma empresa.
  • Por rama de actividad: en este caso, solo se tiene en cuenta la rama de la actividad a la que pertenecen los trabajadores, independientemente del oficio que desempeñen o de la empresa en la que estén. Por ejemplo: rama del comercio, de la construcción.
  • De oficios mixtos: agrupa trabajadores de diversos oficios, empresas o rama de actividad.

Redactar los estatutos

Una comisión debe redactar una propuesta de estatutos que serán las normas por las que se regirá la organización. En ellas debe aparecer lo siguiente:

  • Nombre del futuro sindicato.
  • El domicilio y su ámbito de actuación tanto territorial como funcional.
  • Los órganos de representación, gobierno y administración, así como la forma en que se eligen, que debe ajustarse siempre a una forma democrática.
  • Los requisitos para ser afiliado.
  • El régimen económico que tendrá.
  • La procedencia y destino de sus ingresos, y los medios de que disponen los afiliados para conocer la situación económica del sindicato.

Preparar la asamblea constitutiva

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Tras haber elegido el tipo de sindicato y los estatutos, llega el momento de preparar la asamblea constitutiva. Para ello, se distribuye una convocatoria a los trabajadores indicando fecha, hora y lugar de la reunión, así como los temas que se van a tratar.

En esta asamblea, además de aprobar los estatutos se elige la primera directiva, es decir, aquellos que formarán parte del organismo de gobierno del sindicato y que ejecutan las decisiones tomadas en la asamblea.

Una vez finalizada, se debe elaborar un acta por escrito en la que tiene que constar:

  • Lugar, fecha y hora de la reunión.
  • Número de participantes y sus datos (nombre, apellidos, número de documento de identidad).
  • Las decisiones adoptadas en la asamblea.
  • La aprobación de los estatutos.
  • La designación de la junta directiva.
  • La firma de sus miembros fundadores.

El acta constitutiva debe entregarse en el Ministerio o Secretaria de Trabajo para fines de registro.

Depositar los estatutos en la oficina pública

Una vez redactadas las normas estatutarias, el siguiente paso es depositar el documento en la oficina pública correspondiente:

  • Si el ámbito de acción del sindicato es nacional o engloba varias comunidades autónomas, hay que hacerlo ante la Oficina Pública de Depósito de Estatutos dependiente del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
  • Para cualquier otro ámbito, los estatutos deben presentarse en las oficinas de la comunidad autónoma que corresponda o en las direcciones del Área de Trabajo e Inmigración de las Ciudades de Ceuta y Melilla.

Cuando la Oficina Pública tenga los estatutos en su poder, verificará si existe algún defecto en los mismos. En el caso de haberlo, dará un plazo de diez días para que sea subsanado.

Cuando todo esté correcto, la Oficina publicará los estatutos del sindicato en el tablón de anuncios de la misma y en el Boletín Oficial del Estado. De esta forma, toda persona o autoridad pública podrá tener acceso a la información y denunciar, en caso de que los estatutos del nuevo sindicato no se ajusten a los requisitos mínimos indicados en la legislación, lo observado a la autoridad judicial.

Adquisición de personalidad jurídica

Una vez transcurridos veinte días hábiles desde que se depositaron los estatutos, el sindicato adquiere automáticamente personalidad jurídica y, por tanto, plena capacidad de obrar como tal.