En un mundo global la movilidad laboral es cada vez más habitual. Por un lado, las multinacionales necesitan que sus trabajadores se desplacen durante un tiempo a filiales en otros países. Por otro, también surgen opciones de trabajar en el extranjero durante unos meses e incluso hay quienes directamente se trasladan fuera para vivir la experiencia.

En todos estos casos es habitual que surjan dudas sobre dónde pagar impuestos o cómo afrontar la declaración de la renta. La buena noticia es la obtención de rendimientos en el extranjero tiene un tratamiento fiscal favorable. La clave está en el artículo 7p de la Ley de IRPF.

¿Qué es el artículo 7p?

El artículo 7p del IRPF se refiere a la exención de rendimientos de trabajo obtenidos en el extranjero. Es decir, qué ocurre con los ingresos de un trabajador español que tributa en España si ha pasado parte del año fuera del país.

Este artículo se creó para que las empresas y los trabajadores españolas pudiesen aprovechar las ventajas de la globalización. El artículo 7p permite aplicar una exención de hasta 60.100 euros anuales en el IRPF a las rentas obtenidas en extranjero.

A efectos prácticos, esto quiere decir que parte del dinero que ganes fuera de España no computará en el IRPF y no se sumará a la renta. Eso sí, para poder aprovechar las ventajas del artículo 7p hay que cumplir ciertas condiciones.

Requisitos para poder aplicar el artículo 7p

Las condiciones para beneficiarse de la exención del artículo 7p en el IRPF son las siguientes:

  • Ser residente fiscal en España. Esto implica haber vivido más de 183 días en el país o que éste sea el centro de tus intereses económicos. Si has pasado todo el año en el extranjero, tendrás que hacer la renta también en el país al que te has desplazado.
  • Desplazarse efectivamente al extranjero. Para poder beneficiarte de la exención por rendimientos en el extranjero debes desplazarte a trabajar fuera de España. No sirve trabajar online para una empresa de otro país o cruzar la frontera para trabajar en Portugal, Francia o Marruecos, por poner tres ejemplos.
  • Trabajar para una empresa con sede o filial fuera de España, aunque el pagador sea español. En línea con lo anterior, la empresa para la que trabajes no debe tener residencia fiscal en España o, si la tiene, debes trabajar en un establecimiento permanente fuera del país. Por ejemplo, puedes trabajar en la filial extranjera de una empresa española.
  • El país donde trabaja debe tener un impuesto similar al IRPF y no ser un paraíso fiscal.

Por último, esta exención por rentas obtenidas en el extranjero es incompatible con el régimen de excesos. A la hora de hacer la renta tendrás que elegir entre uno u otro.

El régimen de excesos está recogido en el artículo 9A del reglamento de IRPF. Esta medida establece una exención para el exceso del importe que el empleado cobraría por su salario si trabajase en España.

En otras palabras, permite no tributar por el dinero de más que has percibido por trabajar en el extranjero frente a hacerlo en España si la empresa te ha pagado la vivienda o un extra en dietas.

El régimen de excesos se aplica en desplazamientos superiores a 9 meses sin perder la residencia fiscal.

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Aplicación del artículo 7p en la nómina

La exención del artículo 7p se aplica de forma proporcional al trabajo realizado en el extranjero.

En este sentido, para calcular el salario correspondiente a los trabajos fuera de España se toma como punto de partida los días que el trabajador ha estado desplazado en el extranjero y las retribuciones específicas correspondientes a estos servicios.

A partir de ahí, el cálculo del importe se realiza un cálculo proporcional teniendo en cuenta el número total de días del año. Esto se hace dividiendo el salario total anual entre los 365 días del año y multiplicado por el número de días que se ha estado en el extranjero.

Nada como un ejemplo específico para entenderlo mejor. Imaginemos que una persona se desplaza a Alemania durante 3 meses o 91 días para trabajar en la filial de su empresa. Durante ese periodo percibe 10.000 euros añadidos a su salario más 80 euros al día para gastos y servicios.

Teniendo en cuenta que su salario anual es de 70.000 euros, ¿Cómo calcular la exención por el artículo 7p? Lo primero es determinas las retribuciones devengadas que sería:

  • Retribuciones salariales: (60.000 / 365) x 92 = 15.123,28 €
  • Retribuciones por los servicios en el extranjero = 10.000 € (los billetes de avión y dietas estarían exentos)

En total las retribuciones ascienden a 25.123,28 euros. Ese es el importe exento de tributar y que no se sumaría a los ingresos del trabajador. Si la cifra hubiese superado los 60.100 euros sí que se hubiese sumado el exceso.

A la hora de justificar la exención en la renta no necesitarás añadir ninguna documentación adicional, pero sí guardar durante 4 años los datos fiscales, así cómo billetes de avión, contrato de alquiler de vivienda o facturas de hotel y el resto de gastos en los que hayas incurrido.

Además, recuerda que al calcular el tiempo en el extranjero solo cuenta el tiempo de trabajo (fines de semana incluidos). Si decides quedarte unos días más después de terminar el trabajo o viajar antes, esos días no contarán.

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