Ante un embarazo una empleada puede tener miedo de perder su puesto de trabajo. Es posible que el contrato finalice coincidiendo con los días en los que tienes que dar a luz, o que te encuentres en un periodo de prueba. Por otro lado, es normal, que si estás esperando un hijo, te preguntes si tu empresa puede causar un despido por embarazo.

Un despido representa el final de una relación laboral y para que sea legal, este debe tener una causa que pueda justificarse por parte de la empresa. Aunque se puede hacer, el procedimiento para despedir a una mujer embarazada es bastante complicado y nunca podrá ser despedida si no existe una causa que justifique dicha decisión. Además, se debe tener en cuenta el tipo de contrato que tiene la trabajadora (temporal o indefinido) y durante cuánto tiempo está protegida frente al despido.

¿En qué consiste la protección frente al despido de las mujeres embarazadas?

La protección frente al despido de las mujeres embarazadas comienza en el mismo momento en el que esta se queda embarazada y finaliza 12 meses después de que el bebé haya nacido. En el caso de que la empleada haya solicitado una excedencia para el cuidado de sus hijos menores de tres años o se haya acogido a una reducción de jornada se conservará hasta que finalice cualquiera de estos periodos. Es decir, una mujer que solicita, por ejemplo una reducción de jornada, puede estar protegida hasta 12 años después de que se haya producido el nacimiento de su hijo.

La protección frente al despido se destina a que no se realice esta práctica de manera inadecuada y sin razones objetivas y justificadas. En el caso de que estas razones no se alegasen podría declararse como un despido nulo. Ante este caso, la compañía estará obligada a readmitir a la trabajadora y satisfacer los salarios que no se le han abonado durante el tiempo que ha durado el proceso. Es decir, el sueldo de la trabajadora desde el momento del despido hasta el de su reincorporación en la empresa de nuevo. En un procedimiento de despido nulo, el trabajador afectado deberá volver a su puesto de trabajo, ya que si no lo hace se considerará como una baja voluntaria lo que le hará perder su prestación por desempleo.

Embarazo y contrato temporal

Por definición, un contrato temporal es el que ha sido desarrollado con una duración determinada que finalizará cuando esta se haya cumplido. Así, si estás embarazada y tu contrato finaliza la empresa podrá despedirte ya que ha acabado la relación laboral.

Embarazo y contratos de formación y aprendizaje

En este tipo de contratos las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción, riesgo en el embarazo, guarda, acogimiento o riesgos en la lactancia harán que se interrumpa el contrato. Es decir, el artículo 11 de Estatuto de los Trabajadores, recoge que al tratarse de un contrato pensado para la formación del trabajador, será necesario que la empleada lo finalice. Así, en el caso de que tengas un contrato de formación de un año, pero des a luz cuando aun te quedan 5 meses de contrato, este se pausará, pudiendo recuperarlo cuando te reincorpores de nuevo a la empresa. Durante estos meses de interrupción, la empresa deberá seguir abonando las tasas de la seguridad social de la trabajadora, seguir cotizando por ella y abonarle su salario.

Embarazo y contrato indefinido

http://bit.ly/2v7rbyW

Para poder despedir a una trabajadora embarazada con un contrato indefinido, la empresa deberá alegar un despido objetivo o disciplinario, de otra forma, este sería denominado como nulo.

En el caso de que el despido sea objetivo podrán alegarse causas de tipo económico, organizativo, de producción o técnicas. El despido deberá notificarse por los cauces reservados para ello y las causas deben estar correctamente justificadas en las que se explique por qué motivo se ha despedido a la trabajadora embarazada y no a otra.

Embarazo y periodo de prueba

El periodo de pruebas es una parte imprescindible del contrato y su duración dependerá de la empresa en la que estés trabajando. Al tratarse de un proceso en que la empresa está comprobando si eres o no válida para el puesto pueden alegar que no has superado el periodo establecido para ello. Al hacerlo se extingue la relación laboral no pudiéndose considerar como despido nulo. A pesar de ello, la reciente reforma del artículo 14 de Estatuto de los Trabajadores en el 2019 recoge que puede considerarse nulo un despido si no se acreditan causas objetivas que no estén relacionadas con el embarazo de la trabajadora.

¿Se puede recurrir un despido por embarazo?

En el caso de que te hayan despedido por estar embarazada cuentas con 20 días hábiles para impugnar la decisión de la empresa, tanto si contrato es temporal como indefinido. Para ello deberás solicitar la nulidad del despido mediante una papeleta de conciliación laboral. Llegados a este punto, la empresa podrá ofrecerte un acuerdo ya sea como reincorporación a la empresa o como indemnización.

No es obligatorio aceptar la propuesta de la empresa y podrá esperar a que sea un juez el que decida si el despido es nulo o no. Si no se ha alcanzado un acuerdo o la trabajadora no lo acepta deberá realizar una demanda en los juzgados de lo social para que sea un juez quien dictamine si el despido ha sido procedente o nulo. En un proceso de este tipo, un despido jamás podrá considerarse como improcedente.