Según la Ley del Régimen Jurídico del Sector Público en su artículo 27: “únicamente por la comisión de infracciones administrativas podrán imponerse sanciones que, en todo caso, estarán delimitadas por la Ley”. De esta misma norma también se desprende el significado de este tipo de faltas: “sólo constituyen infracciones administrativas las vulneraciones del ordenamiento jurídico previstas como tales infracciones por una Ley”. Por último, las infracciones administrativas se pueden clasificar en leves, graves y muy graves.

Otro de los preceptos que también alude a las infracciones administrativas es la Constitución que, en su artículo 9, fija lo siguiente: “La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”.

En otras palabras, las infracciones y sanciones administrativas se decretan cuando los ciudadanos infringen o incumplen alguno de los puntos del ordenamiento jurídico. A diferencia de las faltas penales que tienen una mayor relevancia para la sociedad por atentar contra la vida de las personas, la propiedad, etc., en este caso, el error tiene una menor importancia y la potestad sancionadora corresponde a las Administraciones Públicas.

Algunos ejemplos de tipos de infracciones y sanciones administrativas

  • El inadecuado uso de los servicios, equipamientos, infraestructuras, instalaciones o espacios públicos puestos a disposición de los ciudadanos por parte de las administraciones públicas.
  • En materia de subvenciones, la presentación fuera de plazo de las cuentas justificativas o su inexactitud, el incumplimiento de las obligaciones como consecuencia de la concesión de la ayuda, la inobservancia de los cometidos de carácter contable o de registro, entre otros.
  • Respecto a las infracciones y sanciones administrativas más destacadas que impone Hacienda destacan el hecho de utilizar facturas, justificantes u otros documentos falsos; ocultar datos, utilizar medios fraudulentos para conseguir un mayor beneficio en el resultado de la declaración de la renta, figurar el nombre de terceras personas que no corresponde, etc.
  • En relación con las competencias del Ministerio del Interior, la omisión o el retraso en la notificación a las autoridades del cambio de nacionalidad, estado civil, domicilio, etc.; no disponer de la autorización administrativa para trabajar por cuenta propia de forma temporal en España, trabajar en una actividad no contemplada en la autorización de residencia y trabajo, etc.

¿Quiénes son responsables de las infracciones y sanciones administrativas?

La Ley del Régimen Jurídico del Sector Público, en el artículo 24, determina que: “sólo podrán ser sancionadas por hechos constitutivos de infracción administrativa las personas físicas y jurídicas, así como, cuando una Ley les reconozca capacidad de obrar, los grupos de afectados, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos, que resulten responsables de los mismos a título de dolo o culpa”.

¿Cuándo prescriben las infracciones administrativas?

Al igual que sucede con otros delitos, las infracciones administrativas también tienen un plazo de prescripción establecido por la ley. Aunque generalmente las normas que regulan estas faltas fijan su tiempo de caducidad, la Ley del Régimen Jurídico del Sector Público establece una regulación que aplica cuando no exista una norma especial para cada caso.

Por ello, las infracciones muy graves prescriben a los 3 años, las graves a los 2 años y las leves a los 6 meses. Del mismo modo, las sanciones administrativas sólo se hacen efectivas durante un tiempo concreto. La prescripción es de un año para las sanciones por infracciones leves, 2 años en sanciones por infracciones graves y 3 años en el caso de las sanciones por infracciones muy graves.

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