Aunque podemos pensar que lo más normal es que un trabajador quiera acceder a su retiro lo antes posible, incluso mediante la jubilación anticipada, también se dan casos en los que el empleado pueda querer posponerla por alguna razón. Entonces surge la duda: ¿puede una empresa obligar a un trabajador a jubilarse?

En la actualidad la edad de jubilación se trasladará desde los 65 a los 67 progresivamente hasta 2027, si no se han alcanzado los años necesarios de cotización. ¿Pero qué ocurre si, aun así, y tras alcanzar la edad establecida, queremos seguir en nuestro puesto de trabajo? ¿Puede una empresa obligar a jubilarse a un trabajador?

    La respuesta es no. La reforma laboral publicada en 2012 devenía nulas todas las cláusulas en los convenios que hicieran referencia a la jubilación forzosa, trasladando precisamente su objetivo hacia el alargamiento de la vida laboral y garantizar así nuestro sistema de protección social.

    Antes de la reforma laboral de 2012 era posible introducir en los convenios colectivos cláusulas obligatorias de jubilación para aquellos empleados que hubiesen alcanzado la edad legal y cumpliesen con las condiciones para jubilarse y acceder a su pensión.

    De hecho, la Seguridad Social reconoce que la jubilación es un derecho totalmente voluntario y, por tanto, sujeto al deseo del propio trabajador. Si este desea continuar activo, ya sea porque no ha alcanzado los años necesarios para la cotización completa o por pura motivación personal, la empresa, en ninguno de los casos, podrá obligarle.

    Por supuesto, hay algunas excepciones. La reforma laboral se aplica para todos los convenios suscritos durante o después de su aplicación, por lo que todos aquellos establecidos con anterioridad funcionarían de la siguiente manera:

    • Cuando la finalización de la vigencia inicial pactada de dichos convenios se produzca después de 08/07/2012, la aplicación se producirá a partir de la fecha de la citada finalización.
    • Cuando la finalización de la vigencia inicial pactada de dichos convenios se hubiera producido antes del 08/07/2012, la aplicación se producirá a partir de esta última fecha.

    Jubilación forzosa en la Administración Pública

    Por su parte, aquellos trabajadores de la Administración pública si podrán ser obligados a jubilarse al alcanzar la edad legal para ello. Por tanto, se puede obligar a jubilarse a los funcionarios públicos al cumplir los 65 años salvo:

    • Cuando no cumplan las condiciones necesarias para acceder a su pensión pública de jubilación En estos casos podrán continuar en su puesto de trabajo hasta que alcances las condiciones mínimas para obtener su pensión.
    • Cuando solicite una prórroga para continuar con su actividad: para ello será necesario que se le autorice expresamente desde la Administración. Tan solo podrá mantenerse en servicio hasta que cumpla los 70 años.

    Situaciones en las que la empresa puede obligar al trabajador a jubilarse

    Es posible, debido a que se recoge en el Estatuto de los Trabajadores, despedir a un empleado alegando causas de ineptitud tras haber sido incorporado a la empresa o procesos de despido colectivo (ERE). En muchos casos, esto se debe a la edad de los trabajadores que cuentan con más de 65 años. Cuando el trabajador es despedido por estos motivos tiene derecho a una indemnización de 20 días por año durante un máximo de 12 mensualidades.

    En el caso de que el trabajador deje de trabajar en la empresa no podrá solicitar la prestación por desempleo ya que ya tiene la edad de jubilación legal. Por ello, deberá jubilarse y acceder a su pensión.

    Por lo tanto, salvo excepciones muy concretas, la decisión de jubilarse pertenece tan solo al trabajador, no pudiendo la empresa obligarte a ello.