Las personas en situación de desempleo tienen derecho a solicitar el paro, siempre que hayan cotizado al menos un año a la Seguridad Social; o el subsidio, si el paro se ha agotado, han tenido ingresos bajos, o no cumplen el periodo mínimo de cotización. ¿Qué ocurre si ya se estaba recibiendo otra pensión?, ¿se pierde dicha ayuda? Te contamos qué casos son incompatibles con la prestación por desempleo.

Compatibilidad de la prestación de desempleo con otras ayudas

Según indica el Servicio Público de Empleo Estatal, la prestación por desempleo (paro) es compatible con:

  • Pensiones de jubilación parcial.
  • Pensiones o prestaciones económicas de la Seguridad Social que hubiesen sido compatibles con el trabajo que originó la prestación.
  • Prestaciones por hijos a cargo.

Si el interesado está recibiendo el subsidio por desempleo, podrá compatibilizarlo si sus ingresos siguen siendo inferiores al 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional (que para 2021 se mantiene en 950 euros mensuales por 14 pagas), y continúa con las cargas familiares por las cuales ha podido acceder al subsidio.

Paro + pensión de invalidez

La prestación por desempleo se puede percibir simultáneamente con la de invalidez si esta, a su vez, había sido compatible con el trabajo que originó el derecho a paro. Para ello, es necesario haber cotizado al menos 360 días mediante trabajos compatibles con la pensión de invalidez y cumplir el resto de los requisitos exigidos para la prestación por desempleo.

Paro + ayuda por hijos a cargo

Los beneficiarios de ayudas por hijos a cargo menores de 18 años o mayores con discapacidad del 65 por ciento o más que declaren insuficiencia de rentas pueden compatibilizar esta ayuda con el cobro de la prestación por desempleo.

Paro + pensión de viudedad

La pensión de viudedad es compatible con el paro siempre que la cuantía de la primera sea inferior al 75 por ciento del SMI.

Si la pensión de viudedad no supera dicho límite, pero sí lo hace si se le suma el complemento de mínimos, se puede renunciar a dicho complemento ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para poder compatibilizar ambas pensiones.

Paro + pensión de jubilación

Por norma general, cuando una persona alcanza la edad de jubilación, deja de percibir la ayuda por desempleo -si la hubiere- para recibir la pensión de jubilación, ya que son incompatibles. No obstante, hay dos excepciones:

  • Si, al llegar la edad legal, la Seguridad Social certifica que no se reúnen los requisitos necesarios para recibir la pensión de jubilación, dicha persona continuará percibiendo el paro.
  • Si el interesado accede a una pensión de jubilación parcial o cobra la jubilación de otro país, puede compatibilizarla con el paro.

En cualquier caso, es aconsejable ahorrar cierta cantidad de forma periódica con el fin de evitar problemas futuros y asegurarse un colchón económico cuando llegue el momento de retirarse de la ida laboral. Los Planes de Pensiones MAPFRE son una excelente alternativa, ya que ofrecen grandes ventajas y se pueden adaptar a las necesidades personales y al nivel de riesgo de cada persona.