Resumen del contenido
Los historiales médicos se consideran datos de categorías especiales por parte de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
¿Quién puede acceder al historial médico?
Si nos basamos en la Ley 41/2002 de autonomía del paciente, los únicos que tienen derecho a solicitar un informe o historia clínica son:
- El paciente.
- Los familiares que éste haya autorizado.
- El personal sanitario relacionado con la asistencia del paciente.
- Familiares contemplados en la ley cuando el paciente está incapacitado.
- Los padres o tutores legales cuando el paciente es menor de edad.
De manera excepcional, también pueden solicitarlo:
- La autoridad judicial si hay una investigación en curso.
- Las autoridades competentes por razones epidemiológicas, para prevenir riesgos o peligros graves de salud para la población.
- El personal médico acreditado cuando deba planificar y evaluar la calidad de la asistencia.
- La mutua de trabajo en caso de baja laboral si la baja ha sido emitida por el médico de familia o especialista, en casos de baja por contingencias comunes. En estos casos, la mutua podrá pedir el informe médico correspondiente al motivo de la baja únicamente, y no el resto de historial del paciente.
- En el caso de los seguros de salud, la aseguradora no puede acceder a tu historial médico en el momento del contrato (aunque sí puede realizar un cuestionario relativo a tu estado físico y de salud para poder determinar el precio de la póliza).
¿Cómo solicitar el historial?
Como paciente interesado o persona autorizada, se puede solicitar el historial de una de estas 2 formas:
Acceso telemático
A través del Sistema Nacional de Salud y en cualquier centro integrado en este sistema (digitalizado). Hay que solicitarlo en el portal del sistema sanitario de la comunidad autónoma correspondiente con los siguientes requisitos:
- Estar en posesión del DNI electrónico o certificado digital.
- Tener tarjeta sanitaria.
- Seleccionar los documentos a los que queremos acceder.
Acceso presencial
Deberás acudir al servicio de atención al paciente de tu hospital o centro de salud de referencia con tu DNI y rellenar el modelo de solicitud que te indiquen.
En ambos casos hay que aportar dos copias del modelo de solicitud. Una de ellas será para el centro y la otra te la quedarás tú, debidamente sellada y firmada, imprescindible como justificante en caso de reclamación judicial.
¿Se puede solicitar el historial de una persona incapacitada?
En principio sí, pero debe estar justificado. Esta decisión queda amparada en la legislación vigente en diferentes leyes:
Ley General de Sanidad
Establece en que en caso de incapacidad del paciente y de acuerdo con el criterio médico, la información sobre su estado de salud (diagnóstico, tratamiento, plan médico) se podrá facilitar a sus familiares.
Ley de Autonomía del Paciente
En su artículo 5 recoge que los familiares del paciente tienen derecho a ser informados de su estado de salud siempre que éste otorgue expresamente su consentimiento expreso, y que esa información se podrá comunicar a sus familiares en caso de incapacidad física o psíquica.
Ley de Protección de datos
En el ámbito sanitario, los datos relativos a la salud son datos de categorías especiales y por tanto no pueden ser tratados, “salvo que medie el consentimiento expreso del paciente y alguna de las bases legitimadoras contempladas en el artículo 9 del RGPD, en este caso en concreto, las del artículo 9.2, letras “c” y “h”.
El Código de deontología médica
También recoge este derecho de los familiares a ser informados sobre el estado de salud del paciente.
¿Qué hacer si han accedido a tu historial?
Acceder al historial médico de un paciente con otro motivo distinto de los contemplados por la ley se considera delito y puede conllevar sanción:
- Contra la intimidad personal. Incurrir en estos delitos está castigado con penas de cárcel y/o multa (entre 1 y 7 años de prisión y multas entre 12 y 24 meses), sanción administrativa (por vulneración de datos personales) e inhabilitación profesional temporal o permanente (en función de la gravedad).
- Por divulgación de secretos. Actuar de buena fe y desconocer la ley no exime de su cumplimiento.
Pero, ¿es posible saber si han accedido a mi historial médico?
Lo habitual es que no se sepa, porque no se puede ver quién ha tenido acceso a él, sin embargo en caso de investigación, ese acceso sí que deja un rastro informático que se puede rastrear y consultar por inspectores, peritos, profesionales judiciales y administraciones de orden público entre otras autoridades.
¿Cómo solicitar la historia clínica de una persona fallecida?
El solicitante deberá reunir los siguientes requisitos:
- Certificar el parentesco con el fallecido.
- Demostrar le defunción del titular del historial.
- Presentar los motivos reales por lo cual solicita el historial del fallecido.
Además, deberá aportar:
- Formato de carta de solicitud de la historia clínica del paciente fallecido.
- Copia del documento de identificación del Familiar solicitante.
- Copia del certificado de defunción del Paciente.
- Copia del registro civil donde conste el parentesco como Padre o Madre, Hijo(a) o Compañero(a) permanente.
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