Algunos colectivos tienen mayores dificultades para acceder a una vivienda debido, sobre todo, a la falta de recursos económicos. Por este motivo, existen las ayudas al alquiler para jubilados que no cobran una pensión demasiado elevada y que durante su vida laboral no han conseguido ahorrar lo suficiente.

Ayudas del Plan de Vivienda

Dentro del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022 – 2025 se incluyen algunas medidas que tienen como objetivo incrementar la oferta de inmuebles en arrendamiento con una renta asequible para las personas mayores. En el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, se especifican todos los detalles.

Según el artículo 76, el precio del alquiler de las viviendas financiadas con cargo a este programa debe ser proporcional a su superficie útil. Durante el primer año no puede superar el importe de 10 euros mensuales por metro cuadrado, aunque posteriormente se irá actualizando de forma anual conforme al IPC (Índice de Precios al Consumo).

Este tipo de casas están destinadas a las personas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Mayores de 65 años o con discapacidad.
  • Deben justificar que sus rentas anuales, incluyendo las de todos los miembros que constituyan la unidad de convivencia, no superan 5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) en el momento de la firma del contrato de arrendamiento.
  • Los solicitantes no pueden disponer de otra vivienda propia o en usufructo en España.

Complemento para titulares de pensión no contributiva

Otra ayuda al alquiler para jubilados es el complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda arrendada. Se trata de una prestación económica de 525 euros que se realiza en un pago único y que no se ha revalorizado desde el año 2010.

Requisitos

Para tener derecho al cobro de esta cuantía es preciso cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar percibiendo una pensión de jubilación o invalidez no contributiva de la Seguridad Social.
  • Carecer de una vivienda en propiedad.
  • Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
  • No tener ninguna relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador, así como tampoco una unión estable o de convivencia.
  • Justificar que la residencia como domicilio habitual está establecida en una vivienda alquilada. En este caso, el arrendamiento no debe ser inferior a un año y es necesario haber residido en el inmueble durante un periodo mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.

Solicitud

El organismo encargado de gestionar esta ayuda al alquiler para jubilados es el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales). Por lo tanto, para solicitar este complemento es preciso remitir la documentación a los centros de este organismo ubicados en las distintas comunidades autónomas.

También se puede pedir esta prestación de forma telemática a través de la página web. Para acceder a este servicio, se deben comprobar los requisitos técnicos necesarios y disponer de Cl@ve para completar el proceso.

Documentos necesarios

A la hora de tramitar este complemento para titulares de pensión no contributiva es preciso presentar la siguiente documentación:

  • Formulario de solicitud oficial que varía según el lugar de residencia(Ceuta y Melilla o el resto de comunidades autónomas).
  • Certificado catastral donde se especifique que el solicitante carece de vivienda en propiedad.
  • Fotocopia compulsada del contrato de arrendamiento.
  • Padrón municipal donde se refleje que la residencia habitual se encuentra en una vivienda alquilada.
  • Declaración responsable del pensionista en la que conste que no tiene ningún tipo de relación con el arrendador.

Los jubilados que reciban alguna de estas ayudas al alquiler tienen la posibilidad de contar con un extra en su presupuesto doméstico. Este plus se puede destinar a proteger la vivienda con un Seguro de Hogar MAPFRE adaptado a las necesidades de cada persona y las características del inmueble “Y tantos + momentos de tranquilidad” que podrás tener.