Con la contratación de un plan de pensiones podrás ir haciendo aportaciones con el dinero que vayas ahorrando, teniendo en cuenta los límites establecidos por la ley. Así, una vez llegada la jubilación, podrás rescatar el dinero ahorrado así como la rentabilidad que haya podido generar. Además, estas aportaciones permitirán desgravarte en la declaración de la renta.

Tipos de PPI

Renta Fija a Corto Plazo

Este tipo de Plan no ofrece activos de renta variable. La duración media de la cartera será inferior o igual a 2 años.

Renta Fija a Largo Plazo

Tampoco ofrece activos de renta variable. La duración media de la cartera será superior a 2 años.

Renta Fija Mixta

Menos del 30% de la cartera en activos de renta variable.

Renta Variable Mixta

Entre el 30% y el 75% de la cartera en activos de renta variable.

Renta Variable

Más del 75% de la cartera en activos de renta variable.

Garantizados

Pueden ser de Renta Fija o de Renta Variable. La garantía es externa, otorgada por la propia entidad financiera.

Aportaciones máximas a un PPI

Según la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) el máximo de las aportaciones es de 1.500 euros para cualquier edad y con un máximo del 30% de la suma de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas.

Estos límites podrán aumentar porque si tu cónyuge percibe rentas inferiores a 8.000€ anuales, podrás reducir las aportaciones realizadas a su favor hasta 1.000 euros anuales.

Existen excepciones y casos especiales para aquellas personas con discapacidad igual o superior al 65%, que podrán aportar hasta un límite de 24.250 euros. Y si eres familiar de discapacitado en línea directa, colateral hasta el tercer grado o cónyuge, y quieres hacer aportaciones a favor de éste, podrás hacerlas de forma complementaria a la tuya, siempre con el límite de 8.000 euros anuales, pero en ningún caso podrá superarse conjuntamente el límite de 24.250 euros.

https://bit.ly/3SNKh7J

¿Puedo rescatar mi PPI?

El Plan de Pensiones se puede rescatar en los siguientes casos:

• Jubilación (inclusive la anticipada).
• Fallecimiento.
• Invalidez absoluta.
• Dependencia severa o gran dependencia.
• Grave enfermedad del propio participe, de su cónyuge, de familiares hasta el primer grado o de personas en régimen de tutela o acogimiento.
• Desempleo (incluido ERE), tanto si eres asalariado como si eres autónomo.
• Cuando se quiere rescatar un plan de pensiones que en 2025, cumplirá (mínimo) los 10 años.

Un Plan de Pensiones se puede rescatar de una sola vez (en forma de capital), en forma de renta o de forma mixta (una combinación de las dos anteriores) y también en pagos sin periodicidad regular.
Así que ya lo sabes, los Planes de Pensiones MAPFRE son una alternativa segura para completar la prestación pública en el momento de tu retiro del mundo laboral.

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