Según la compañía, los planes de pensiones se pueden contratar del mismo modo que cualquier otro producto financiero. Esto es, tanto de forma online como presencialmente. En cualquier caso, se debe presentar la siguiente documentación:

  • DNI u otro documento de identificación válido.
  • Boletín de adhesión firmado, el cual será suscrito por el partícipe junto con el promotor, la entidad gestora y la entidad depositaria.
  • En algunos casos se suelen solicitar ciertos documentos que acrediten que el cliente cuenta con unos ingresos mensuales mínimos para realizar las aportaciones al plan.

Si se cumplen todos los requisitos para abrir un plan de pensiones, es importante leer el contrato detenidamente, sobre todo las condiciones que hacen referencia a las características, prestaciones, comisiones, etc.

¿Qué es el boletín de adhesión dentro de la documentación de un plan de pensiones?

El artículo 101 del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones especifica perfectamente los puntos que debe contener el boletín de adhesión como parte imprescindible de la documentación necesaria para contratar un plan de pensiones. Este documento debe estar firmado por la persona que suscribe el producto para gestionar el alta y empezar a realizar aportaciones.

En este boletín se especifica todo lo relativo a las condiciones, los derechos y las obligaciones generales. Los puntos que debe contener son:

  • Denominación, sistema y modalidad del plan de pensiones.
  • Denominación del fondo y número identificativo en el registro especial.
  • Denominación y domicilio social del promotor del plan, de la gestora y de la depositaria del fondo, junto con su número identificativo en los registros especiales. Si interviene un comercializador, también se debe especificar su identidad.
  • Legislación aplicable al contrato.
  • Designación de beneficiarios en caso de fallecimiento del partícipe, que deben ser en todo caso personas físicas.
  • Información sobre el derecho a solicitar la remisión de la información trimestral.
  • Indicación del derecho del partícipe a solicitar el envío telemático de la información periódica, con la designación de la cuenta de correo electrónico personal y la dirección electrónica de la entidad donde se puede comunicar en cualquier momento la renuncia a la vía telemática.
  • Instancias de reclamación que se pueden utilizar en caso de litigio, con la denominación y domicilio del defensor del partícipe.

Además, el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones también especifica que no serán de cuenta del partícipe suscriptor los gastos inherentes a la contratación del plan ni las remuneraciones o comisiones establecidas por los servicios de comercialización o mediación. Asimismo, en ningún caso pueden emitirse boletines o documentos de adhesión a un plan de pensiones que incorporen la contratación de operaciones, productos o servicios diferentes.