El Estatuto de los Trabajadores reconoce, entre los derechos de los trabajadores, el de disminuir las horas de trabajo realizadas para poder atender a los hijos menores o a familiares enfermos. Debido a que el tiempo empleado es menor, existen una serie de características que marcan las cotizaciones durante la reducción de jornada laboral.

Qué es la reducción de jornada

La reducción de jornada laboral es un derecho recogido en el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores. En él se reconoce que cualquier trabajador tiene derecho a pedir una reducción de jornada para cuidar a un hijo menor de 12 años, un familiar de hasta segundo grado que por razones de enfermedad, accidente o discapacidad no pueda valerse por sí mismo.

La reducción que se puede aplicar a la jornada laboral del trabajador que lo solicite puede ser desde 1/8 a la mitad de la misma. Aparejada a la reducción de jornada laboral, el trabajador experimentará una disminución proporcional de su salario. Este se corresponderá con las horas que realice en su nueva jornada.

¿Qué pasa con las cotizaciones durante la reducción de jornada?

Al solicitar una reducción de jornada, el trabajador ve disminuido su sueldo de forma proporcional a las horas de trabajo de realiza. Del mismo modo, las cotizaciones a la Seguridad social también experimentarán una reducción proporcional a la de la jornada.

Por lo tanto, si un trabajador se encuentra contratado a jornada completa y solicita una reducción a la mitad, en ese periodo cotizará como si estuviese contratado a media jornada.

Esto hace que muchos trabajadores se lo piensen a la hora de poder pedir una reducción de jornada, ya que quieren saber cómo les afectará a sus cotizaciones y cómo puede influir en las prestaciones que soliciten en el futuro como pueden ser la jubilación, la de maternidad o la incapacidad permanente.

La Ley General de la Seguridad Social recoge en su artículo 237 cómo se aplican las cotizaciones de los trabajadores durante la reducción de su jornada laboral en los casos que hemos señalado anteriormente, es decir, por cuidado de un familiar, por cuidado de menores afectados por una enfermedad grave o por cuidado de hijos menores de 12 años.

Cotizaciones por reducción de jornada por cuidado de un familiar

Las reducciones de jornada por cuidado de un familiar pueden ser solicitadas por cualquier trabajador para personas con las que compartan hasta el segundo grado, es decir, padres, hijos, nietos, abuelos o hermanos.

Para poder acogerse a ella será necesario que estas personas, debido a su edad, enfermedad o discapacidad no puedan valerse por sí misma.

En este caso, las personas que se acojan a ella y quieran solicitar alguna prestación por jubilación, incapacidad permanente o maternidad, deberán cumplir una serie de requisitos. Durante el primer año de esta reducción, se considerará que el trabajador se encuentra cotizando por su jornada laboral antes de la solicitud. Transcurrido este periodo, se tendrán en cuenta las cotizaciones de reales a la hora de calcular la cuantía de las prestaciones y su acceso a ellas.

En el caso de que una persona incluida dentro de este supuesto solicite una prestación de desempleo, la cotización y la cuantía que percibirá se calcula teniendo en cuenta su jornada laboral normal, sin tener en cuenta la reducción aplicada.

Cotizaciones durante la reducción de jornada por cuidado de un hijo menor de 12 años

Es una de las más comunes y solicitada por los trabajadores, por lo que es una de las cuestiones que más se preguntan. Cuando se aplica esta reducción, a la hora de poder solicitar prestaciones por incapacidad permanente, maternidad, jubilación o muerte y supervivencia se aplican una serie de requisitos de cotización.

En estos casos, la cuantía de las ayudas se calcula siempre teniendo en cuenta la jornada del trabajador antes de la reducción jornada durante los dos primeros años de esta. Transcurrido este tipo, los requisitos cambian y estas se pasarán a calcular teniendo en cuenta la jornada por la que realmente está cotizando.

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Cotizaciones por reducción de jordana por cuidado de menores con una enfermedad grave

Este tipo de reducción de jornada puede solicitarse cuando el trabajador debe cuidar a un menor durante su hospitalización o tratamiento de larga duración cuando este padece una grave enfermedad.

Para ello, es necesario que un profesional sanitario acredite que el menor necesita un ingreso hospitalario de larga duración, así como cuidados continuos, permanentes y directos. Se podrá solicitar hasta que el menor alcance la mayoría de edad.

Debido a la excepcionalidad de los casos se considera que el trabajador ha estado cotizando durante su jornada completa a la hora de poder acceder a sus prestaciones por jubilación, maternidad, incapacidad permanente, riesgo durante el embarazo y la lactancia e incapacidad temporal.

En el caso de las prestaciones por desempleo se seguirán los mismos criterios que si el trabajador estuviese desempeñando su tarea en su jornada normal.

A la hora de solicitar una reducción de jornada por cualquiera de los tres supuestos indicados anteriormente, el trabajador deberá tener en cuenta cómo afectará esta a la cotización a la Seguridad Social y qué criterios se aplicarán cuando necesite pedir prestaciones.