El extorno de prima consiste en una devolución, total o parcial, de la cantidad que el tomador ha pagado por la contratación de un seguro. Cada compañía establece las circunstancias concretas en las que puede reembolsar a sus clientes la cuantía que corresponda. Por norma general, es necesario que se produzca una causa externa que implique la rescisión del contrato o una variación del riesgo.

Extorno de prima en la Ley de Contrato de Seguro

Según el artículo 13 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, “el tomador del seguro o el asegurado podrán, durante el curso del contrato, poner en conocimiento del asegurador todas las circunstancias que disminuyan el riesgo y sean de tal naturaleza que si hubieran sido conocidas por éste en el momento de la perfección del contrato lo habría concluido en condiciones más favorables.

En tal caso, al finalizar el período en curso cubierto por la prima, deberá reducirse el importe de la prima futura en la proporción correspondiente, teniendo derecho el tomador en caso contrario a la resolución del contrato y a la devolución de la diferencia entre la prima satisfecha y la que le hubiera correspondido pagar, desde el momento de la puesta en conocimiento de la disminución del riesgo”.

¿En qué situaciones aplica el extorno de prima?

La recuperación de parte de la prima del seguro que se haya pagado se puede producir por diferentes motivos. No obstante, es preciso leer con detenimiento las condiciones de la póliza para saber las circunstancias de extorno de prima que reconoce la aseguradora en función del tipo de póliza. A grandes rasgos, se pueden distinguir las siguientes situaciones:

  • Cuando se vende o se da de baja un vehículo en la Dirección General de Tráfico antes de que finalice el periodo de vigencia de la póliza. En el primer caso, si el cliente contrata otra póliza para un coche nuevo, en la misma se puede aplicar un descuento como consecuencia de aplicar el extorno.
  • Si ocurre un accidente y el vehículo se declara siniestro total, pero la compañía no puede indemnizar con la cuantía máxima por no existir un seguro a todo riesgo.
  • En el supuesto de que el tomador de la póliza no pueda renovar el carnet de conducir por edad y como consecuencia de ello, no se encuentra habilitado para circular.

La devolución de la prima no consumida no solo aplica en los seguros de coche, sino que también es posible recuperar una parte del dinero si se tienen contratadas otras pólizas. Es el caso por ejemplo de vender una vivienda antes de que termine la vigencia de las coberturas.

Extorno de prima de forma inmediata después de la contratación

Al igual que en otras transacciones, en el sector seguros también existe el derecho de desistimiento siempre que se cumplan las condiciones que establece la ley. De este modo, el asegurado puede dejar sin efecto el contrato sin necesidad de justificar la decisión y sin que esté obligado a abonar ninguna penalización.

Por lo tanto, la compañía tiene la obligación de devolver la prima de forma inmediata tras la contratación de la póliza en los siguientes casos:

  • Seguros de vida: el asegurado cuenta con un plazo de 30 días desde que recibe la documentación del seguro para solicitar la rescisión del contrato.
  • Resto de seguros: en este supuesto, el tomador dispone de un periodo de 14 días para cancelar la póliza y solicitar el extorno de prima.