Debido a los cambios en la producción temporales o de otra índole, una empresa puede realizarte un cambio de puesto de trabajo sin consentimiento. A pesar de ello deben cumplirse una serie de requisitos para que este cambio sea efectivo y se encuentre dentro de la legalidad recogida por el estatuto de los trabajadores.

¿Pueden cambiarte de puesto de trabajo?

Los cambios de funciones en un puesto de trabajo y con ellos el cambio de categoría de un trabajador por parte de la empresa son legales y pueden realizarse sin necesidad de contar con el consentimiento del afectado por este cambio.

Pero, para que tu empresa pueda llevar a cabo un cambio de funciones y el consiguiente cambio de puesto de trabajo, es necesario que este respete los límites legales establecidos. Para ello es necesario que:

  • La titulación exigida para el nuevo puesto de trabajo sea la misma que la que tiene el trabajador, nunca se le podrá asignar en un puesto de trabajo que requiera una titulación superior o distinta a la que posee. La formación insuficiente para un puesto puede desencadenar problemas de estrés y de salud. Para tratarlos correctamente es recomendable la contratación de un Seguro de MAPFRE Salud en el que se incluyen a los mejores profesionales médicos.
  • Respete la dignidad del trabajador. Este nuevo puesto no debe ser degradante para la persona que va a realizarlo si supone unas funciones inferiores a las que estaba desempeñando.
  • Debe pertenecer al mismo grupo laboral en el que el trabajador estaba desempeñando su actual puesto de trabajo o encontrarse en una categoría profesional equivalente.

Además de estos tres límites marcados por la Ley, se deben cumplir 3 requisitos para que una empresa pueda realizar un cambio de puesto de trabajo a su empleado sin su consentimiento. Sea este a un puesto superior o inferior.

  • Deben existir razones técnicas u organizativas que justifiquen este cambio. La empresa debe indicar al trabajador el porqué de este cambio y enumerar todas las razones que le han llevado a aplicar en sus trabajadores esta movilidad funcional.
  • Temporalidad: es necesario que se trate de un cambio funcional temporal. Si se trata de un cambio permanente el trabajador podrá reclamar ante la justicia la incorporación a sus funciones habituales. Para que este cambio se considere temporal no debe superar los 6 meses en un año ni los 8 meses en dos años.
  • Notificación a la representación sindical: todos los cambios de funciones en un puesto de trabajo y el cambio del empleado a estas deben ser notificado al representante sindical.

Si se dan estas tres condiciones, el trabajador no puede negarse al cambio de movilidad funcional. Ante esta modificación de funciones, el empresario, debe tener en cuenta que no puede despedir al trabajador si este no se adapta durante el periodo de movilidad a las nuevas tareas que se le han encomendado en el puesto.

Tipos de movilidad funcional

A la hora de la aplicación de la movilidad funcional dentro de una empresa, se deben cumplir, los límites y requisitos planteados anteriormente, pero el cambio puede ser tanto ascendente como descendente dentro del puesto que desempeña cada uno de los trabajadores afectados.

En el caso de ser un cambio ascendente, el trabajador pasará a realizar las funciones de un puesto superior al suyo durante el periodo de tiempo establecido. Durante este, tendrá derecho a reclamar el salario que le corresponde con la realización de las nuevas tareas. Y si se supera el tiempo legal marcado tendrá derecho a solicitar un ascenso.

En el caso de una degradación en las funciones laborales, el trabajador no verá reducido su sueldo actual. En este caso, el trabajador recibiría el mismo salario por la realización de funciones relacionadas con un puesto inferior.

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