Como consecuencia de las últimas reformas del sistema de pensiones de 2011 y 2013, cada año se va retrasando paulatinamente la edad de jubilación hasta llegar en 2027 a los 67 años. Simultáneamente, se han endurecido las condiciones para jubilarse anticipadamente de manera voluntaria.

En 2024, la edad legal de jubilación en España se fija en 66 años y 6 meses, a excepción de los trabajadores que superen los 38 años cotizados, que podrán hacerlo a los 65 años.

Condiciones de jubilación anticipada en 2024

Será posible acceder a la jubilación anticipada voluntaria a partir de los 63 años en caso de haber cotizado 38 años o más, una decisión delicada que hay que tomar con mucha prudencia porque tendrá consecuencias en varios aspectos en la vida del jubilado, sobre todo en el económico, ya que esta opción supone una reducción del importe de la pensión.

A este respecto, hay que tener en cuenta que la modificación de la edad legal de jubilación para 2024 afecta también a aquellos trabajadores que anticipen su jubilación, principalmente en lo que respecta a la edad a la que pueden acogerse a esta modalidad de jubilación y al importe a cobrar según los años cotizados.

Asimismo, deben saber que los requisitos exigidos para esta clase de jubilación, así como el importe de la penalización, varían en función de la forma en que se acede a ella: si es por voluntad del trabajador o de forma involuntaria, es decir, por causas no imputables al mismo (cierre de la empresa, ERE, etc.)

¿Quién puede acogerse Jubilación anticipada voluntaria?

En este caso se permite anticipar la jubilación con una edad mínima de 63 años. Para ello es imprescindible cumplir una serie de requisitos:

  • Encontrarse en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social.
  • Acreditar un periodo de cotización mínimo de 35 años

Quien quiera jubilarse de forma anticipada, calculará la cuantía total de su pensión aplicando los coeficientes reductores. En enero de 2022 se modificó la ley para que se penalice más la jubilación anticipada.  Para realizar este cálculo, se tiene en cuenta los meses de adelanto, desde 1 mes hasta 24 como máximo y el periodo cotizado, dividido de la siguiente forma:

  • Menos de 38 años y 6 meses

  • Igual o superior a 38 años y 6 meses, e inferior a 41 años y 6 meses

  • Igual o superior a 41 años y 6 meses pero inferior a 44 años y 6 meses

  • Igual o superior a 44 años y 6 meses

La penalización mensual variará desde el 2,81% hasta el 21%, pero habrá que cumplir ciertos requisitos como contar con 35 años cotizados, de los cuales al menos 2 tendrán que ser dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha en la que se solicite el retiro voluntario. 

Cuantía de la pensión en jubilaciones anticipadas

Por otra parte, la cuantía de la pensión se reducirá mediante la aplicación de unos coeficientes reductores por cada trimestre o fracción que, en el momento del hecho causante, le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación, en función del período de cotización acreditado.

  • Entre 30 y 34 años completos de cotización acreditados: 7,5 %.

  • Entre 35 y 37 años completos de cotización acreditados: 7 %.

  • Entre 38 y 39 años completos de cotización acreditados: 6,5 %.

  • Con 40 o más años completos de cotización acreditados: 6 %.

Esto significa que el trabajador que quiera abandonar el mundo laboral antes de la edad legal sufrirá un recorte en su prestación. Cuantos más años adelante la jubilación, más verá reducida su pensión.

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Condiciones de la jubilación anticipada no voluntaria

La jubilación anticipada no voluntaria permite acceder a la jubilación cuatro años antes de la edad legal. A los efectos de determinar dicha edad legal de jubilación se considerará como tal la que le hubiera correspondido al trabajador de haber seguido cotizando durante el plazo comprendido entre la fecha del hecho causante y el cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de aplicación.

Esta modalidad exige al trabajador:

  • Proceder de un cese involuntario por causas objetivas de reestructuración empresarial.
  • Acreditar un mínimo de 33 años de cotizaciones, dos de los cuales deben encontrarse entre los 15 anteriores al momento de causar el derecho.
  • Hallarse inscrito como demandante de empleo desde al menos 6 meses antes de la fecha de solicitud de la jubilación.

Cuantía de la pensión en jubilaciones anticipadas no voluntarias

El coeficiente reductor que se aplica por trimestre depende, como en el caso anterior, del periodo de cotización que se acredite:

Con menos de 38 años y seis meses cotizados: los recortes son del 30% de la pensión si el adelanto es de cuatro años, del 22,50% si es de tres años, del 15% si es de dos años y del 5,50% si es de un año.

La finalidad de la introducción de los coeficientes reductores en los casos que hemos visto es la de compensar el hecho de que quienes se jubilan anticipadamente van a percibir, supuestamente, la pensión durante más tiempo, por cuyo motivo se hace necesario ajustar la pensión a la baja para hacer equivalente el monto total.

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